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    <fecha_publicacion>2011/12/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 5. Juicio de faltas 317 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 90 
 Juicio de faltas 317 de 2011 
  Doña Martina Milano Navarro, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Alcorcón (Madrid).
  Hace saber y participa: Que en el juicio de faltas número 317 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Alcorcón, a 28 de octubre de 2011..Habiendo visto su señoría, doña Sara Perales Jarillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón y su partido, los presentes autos de juicio de faltas con el número 317 de 2011, sobre falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, siendo partes: “Zara”, en calidad de denunciante, y don Johon Alexis Rodríguez Sánchez, en calidad de denunciado.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a la parte denunciada don Johon Alexis Rodríguez Sánchez, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de un meses de multa, con una cuota diaria de 4 euros, y a que indemnice a “Zara” en la suma de 19,95 euros.
  El impago de la multa determina una responsabilidad personal subsidiaria de una día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
  Se imponen a la parte denunciada las costas que, en su caso, se hubieren causado.
  Se acuerda el levantamiento definitivo del depósito de la prenda, que se puede poner a la venta.
  Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación al ministerio fiscal y a las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Johon Alexis Rodríguez Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Alcorcón, a 28 de noviembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/41.723/11)</texto>
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