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    <fecha_publicacion>2011/12/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 672 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 79 
 Juicio de faltas 672 de 2011 
  Don Pedro José Hernández Gallego, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 672 de 2011, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 297 de 2011
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 672 de 2011, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados: don Daniel Díaz Aparicio, como denunciante; “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, como perjudicada, y don Óscar Blázquez Villalón, como denunciado, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia.
  Que debo condenar y condeno a don Óscar Blázquez Villalón, como autor responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 4 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.
  Hágase entrega definitiva de los efectos sustraídos.
  Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra la misma, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de  notificación de sentencia a don Óscar Blázquez Villalón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 24 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/42.358/11)</texto>
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