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    <identificador>BOCM-20111228-99</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SERVICIO DE EMERGENCIAS MANCOMUNADO DE AJALVIR, COBEÑA, DAGANZO Y FRESNO (SEM)</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Servicio de Emergencias Mancomunado de Ajalvir, Daganzo y Fresno. Régimen económico. Ordenanza reguladora prestación servicio sanitario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>308</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SERVICIO DE EMERGENCIAS MANCOMUNADO DE AJALVIR, COBEÑA, DAGANZO Y FRESNO (SEM)</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  SERVICIO DE EMERGENCIAS MANCOMUNADO DE AJALVIR, DAGANZO Y FRESNO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 99 
 Ordenanza reguladora prestación servicio sanitario 
  Aprobado provisionalmente en sesión ordinaria de Pleno de esta Mancomunidad de fecha 2 de diciembre de 2010, la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicio sanitario y la ordenanza reguladora por prestación de servicios de extinción de incendios, salvamentos, asistencia técnica, formativa y servicios preventivos, se expone al público el acuerdo y la documentación preceptiva por plazo de treinta días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
  De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.
  En Daganzo, a 13 de diciembre de 2011..El presidente, Manuel Jurado Marrufo.
  (03/42.319/11)</texto>
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