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    <fecha_publicacion>2011/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 387 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>308</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 191 
 Ejecución 387 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 387 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Abadía Parada, contra la empresa “Red Europa de Cooperación y Desarrollo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 24 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  a)  Despachar orden general, en la ejecución número 387 de 2010, del auto de extinción de la relación laboral de fecha 12 de septiembre de 2011 a favor de la parte ejecutante don Alejandro Abadía Parada, frente a “Red Europa de Cooperación y Desarrollo, Sociedad Limitada”, por un principal de 39.320,48 euros, más 7.500 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.
  b)  Despachar orden general, en la ejecución número 198 de 2011, de la sentencia de fecha 10 de mayo de 2011 a favor de la parte ejecutante don Alejandro Abadía Parada, frente a “Red Europa de Cooperación y Desarrollo, Sociedad Limitada”, por un principal de 36.960,46 euros, más 7.000 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.
  c)  Acumular la ejecución número 198 de 2011 a la presente ejecución número 387 de 2010, seguidas en este Juzgado contra la misma apremiada, resultando la cantidad total reclamada en la presente ejecución a 76.280,94 euros de principal, más 14.500 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Red Europa de Cooperación y Desarrollo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.119/11)</texto>
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