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    <fecha_publicacion>2011/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.475 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>308</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 179 
 Demanda 1.475 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.475 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vicenta Lucila Zambrano Alcívar, contra la empresa “Limpiezas Celeste, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 1 de julio de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que siendo las diez y quince horas, llamado por el agente judicial, y no obstante estar citado en forma legal, no comparece la actora doña Vicenta Lucila Zambrano Alcívar para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para este día de hoy, a las nueve y cincuenta horas..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 1 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Se tiene por desistida a doña Vicenta Lucila Zambrano Alcívar de su demanda, y una vez firme esta resolución archívese.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado 2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así, por este decreto lo mando y firmo. Doy fe..El secretario judicial, David Atienza Marcos.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Vicenta Lucila Zambrano Alcívar, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/42.083/11)</texto>
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