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    <fecha_publicacion>2011/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Juicio verbal 740 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 103 
 Juicio verbal 740 de 2010 
  En el procedimiento de juicio verbal número 740 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 11 de abril de 2011..La ilustrísima señora doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de los de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 740 de 2010, promovidos a instancias de “Inmobiliaria Tajuña, Sociedad Anónima”, y en su representación la procuradora de los Tribunales doña Pilar Moyano Núñez, y asistida de la letrada doña Mónica Gorria Berbiela, contra don José Tienda Pere, don Leónidas Amando Albán Saltos y don Henry M. Porras Bustamante, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez, en nombre de “Inmobiliaria Tajuña, Sociedad Anónima”, contra don José Tienda Pere, don Leónidas Amando Albán Saltos y don Henry M. Porras Bustamante, debo condenar y condeno a estos demandados a que paguen, solidariamente, a la parte actora la cantidad de 2.217,49 euros por principal, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y al pago de las costas causadas en este procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, a preparar ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación, teniendo que constituir un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en este Juzgado.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Leónidas Amando Albán Santos y don Henry Porras Bustamante, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 30 de noviembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/10.674/11)</texto>
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