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    <fecha_publicacion>2011/12/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 3. Juicio de faltas 585 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>305</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 94 
 Juicio de faltas 585 de 2010 
  Don Antonio Dueñas Campo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Ávila y su partido.
  Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se sigue juicio de faltas número 585 de 2010, por falta de hurto, siendo denunciado don Laurentiu Ionel Pilos, cuyo último domicilio conocido era en la avenida de Juan de Austria, número 10, piso primero C, de Alcalá de Henares (Madrid), encontrándose en la actualidad en paradero desconocido. Y en fecha 10 de diciembre de 2010 se dictó sentencia, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:
  Fallo
  Condeno a don Ionel Pilos, como autor de una falta de hurto del artículo 623, apartado primero, del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 8 euros cada día y, por tanto, a la pena de multa de 240 euros, así como al pago de las costas procesales.
  Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Ávila.
  Por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Ionel Pilos, expido la presente en Ávila, a 23 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/41.039/11)</texto>
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