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    <fecha_publicacion>2011/12/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 6. Procedimiento 336 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>305</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 91 
 Procedimiento 336 de 2010 
  En el procedimiento de modificación de medidas definitivas número 336 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Alcorcón, a 15 de noviembre de 2011..Vistos por doña María del Mar Tomás Corpa, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de esta localidad, los presentes autos de modificación de medidas definitivas número 336 de 2011, a instancias de doña Hakima El Khiyali, representada procesalmente por don Luis Fernando Granados Bravo y asistida por don Benjamín Rojo Merino, frente a don Abdennajih El Maghraoui, en situación de rebeldía procesal, con la intervención del representante del ministerio fiscal, y atendiendo al siguiente
  Fallo
  Debo estimar y estimo íntegramente la demanda de modificación de medidas definitivas presentada por la representación procesal de la parte actora y, en consecuencia, debo acordar y acuerdo suspender las funciones inherentes a la patria potestad respecto de don Abdennajih El Maghraoui y otorgárselas en exclusiva a la actora. El demandado seguirá teniendo la obligación de abonar a la actora la cuantía de pensión de alimentos fijada en sentencia.
  No procede expreso pronunciamiento en costas procesales.
  Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe interponer ante el presente Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación el correspondiente recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
  Así lo pronuncio, mando y firmo:
  Publicación
  Dada, leída y publicada fue la anterior resolución..Doy fe.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifique a don Abdennajih El Maghraoui la sentencia por encontrarse en ignorado paradero.
  En Alcorcón, a 17 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/40.519/11)</texto>
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