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    <identificador>BOCM-20111223-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL MOLAR</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/12/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Molar. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal expedición de documentos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>304</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 70 
 Modificación ordenanza fiscal expedición de documentos 
  Por acuerdo plenario de 17 de octubre de 2011, se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de expedición de documentos, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse producido alegaciones/reclamaciones durante el plazo de publicación de la modificación de la ordenanza fiscal en el tablón de anuncios y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a tenor del artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Dicho acuerdo puede ser recurrido en el plazo de dos meses siguientes a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor de lo preceptuado en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 19.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  La presente modificación de ordenanza fiscal entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
  Art. 7.
  Ayuntamiento:
  a)	Expedición de fotocopias (blanco y negro):
  .	DIN-A4: 0,20 euros/copia.
  .	DIN-A3: 0,25 euros/copia.
  .	Copia de ordenanzas municipales: 10 euros por ordenanza.
  b)	Compulsas:
  .	De una a diez compulsas: 1,20 euros/compulsa.
  .	Cada una adicional: 1,40 euros/compulsa.
  c)	Certificaciones:
  .	Volantes de empadronamiento: 1,50 euros.
  .	Certificados de empadronamiento: 3 euros.
  .	Certificados de convivencia: 5 euros.
  .	Otros certificados, por cada hoja o página: 1,50 euros.
  d)	Derechos de examen:
  .	Derechos de examen para participar en oposiciones, concursos o concursos-oposiciones en turno libre: 50 euros.
  	No se tendrá derecho a devolución de la tasa en los supuestos de renuncia del interesado a participar en las pruebas o inadmisión de la solicitud.
  Biblioteca municipal:
  1.  Carné:
  .	Para el carné de la biblioteca la primera impresión costará 2 euros para empadronados y 3 euros no empadronados, la segunda impresión por pérdida o deterioro será de 5 euros a pagar por el usuario tanto empadronado como no empadronado.
  2.  Fotocopias:
  .	Fotocopias en blanco y negro de material propio de la biblioteca:
  l	0,30 euros DIN-A4.
  l	0,50 euros DIN-A3.
  3.  Impresiones:
  .	Impresión en blanco y negro de consultas realizadas en la biblioteca:
  l	0,30 euros DIN-A4.
  l	0,50 euros DIN-A3.
  4.  Pérdidas o deterioro de material prestado:
  .	Libros:
  l	Según las normas de biblioteca: sustitución por el mismo ejemplar o similar precio, siempre a elección de la biblioteca.
  	Si no se encontrase algo similar, el precio de mercado.
  .	Material anejo:
  l	Mismo importe del establecido para el documento al que esté asociado.
  El Molar, a 30 de noviembre de 2011..El concejal-delegado de Hacienda (decreto 235/2011, de 15 de junio), Jorge Pascual González.
  (03/41.447/11)</texto>
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