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    <fecha_publicacion>2011/12/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villa del Prado. Régimen económico. Presupuesto general 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>303</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villa del Prado</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 107 
 Presupuesto general 2011 
  De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido del Régimen Local, de 18 de abril de 1986, y habida cuenta de que la Corporación, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2011, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para el año 2011, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:
  
     
 
   Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el citado presupuesto general recurso contencioso-administrativo e el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de  este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Villa del Prado, a 5 de diciembre de 2011..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
  (03/41.312/11)</texto>
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