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    <fecha_publicacion>2011/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 3. Juicio de faltas 469 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 65 
 Juicio de faltas 469 de 2009 
  Doña Montserrat González Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 469 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 12 de mayo de 2010..Vistos por mí, María Teresa Abad Arranz, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero y su partido, los autos del juicio de faltas número 469 de 2009, incoados por una presunta falta de estafa, en los que han sido parte, como denunciante, don Juan José García Cueto, como denunciado, don Francisco José García Lobo, con DNI número 53557426-V, y en los que ha sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Francisco José García Lobo, con DNI número 53557426-V, como autor penalmente responsable de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de 6 euros (240 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.
  Asimismo, don Francisco José García Lobo, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a don Juan José García Cueto en la cantidad de 132,90 euros.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Francisco José García Lobo, con DNI número 53557426-V, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Navalcarnero, a 15 de noviembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/41.541/11)</texto>
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