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    <identificador>BOCM-20111220-180</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 1. Ejecución 160 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 180 
 Ejecución 160 de 2010 
  Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 160 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Rivera Rivera y don Feliciano Bravo Rodríguez, contra las empresas “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Acuerdo:
  a)  Declarar a las ejecutadas “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Marpla, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 71.886,65 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante el secretario judicial que dicta esta resolución, interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncio de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 10 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/40.551/11)</texto>
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