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    <fecha_publicacion>2011/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Demanda 738 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 174 
 Demanda 738 de 2009 
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 738 de 2009-2-R de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adolfo Gómez Carbonell, contra la empresa “Axón Prevención, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  1.o  Estimo la demanda de don Adolfo Gómez Carbonell, en reclamación de grado de incapacidad permanente, siendo demandados “Axón Prevención, Sociedad Limitada”, “Universal Mugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, y declaro que la parte demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente total, derivada de accidentes de trabajo, con derecho a pensión del 55 por 100 de la base reguladora de 1.066,20 euros mensuales, con derecho a las mejoras y revalorizaciones pertinentes, y con efectos económicos desde 30 de enero de 2009.
  2.o  Condeno a “Universal Mugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, a pasar por los efectos de la anterior declaración y a abonar a la parte demandante la pensión a que se refiere el original precedente. Condeno subsidiariamente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social. Absuelvo de la pretensión en la demanda a “Axón Prevención, Sociedad Limitada”.
  Con recurso de suplicación.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Axón Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 8 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.548/11)</texto>
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