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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 365 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 143 
 Ejecución 365 de 2010 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 365 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Fuertes Ágreda, contra las empresas “Servicontrol Norte Moisés, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Peri, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto aprobando la tasación de costas de fecha 14 de noviembre de 2011, interesando la publicación de su parte dispositiva que es la siguiente:
  Decreto
  Secretario judicial, don Francisco Javier Mendoza Castellano..En Madrid, a 14 de octubre de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicadas por importe de 484,45 euros, de los que 16,46 euros corresponden a liquidación de intereses y 467,99 euros a tasación de costas, a cuyo pago resultan condenadas “Servicontrol Norte Moisés, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Peri, Sociedad Anónima”, en las presentes actuaciones.
  Estando consignada en la cuenta del Juzgado la cantidad de 692 euros, líbrense mandamientos de devolución por importe de 16,46 euros en concepto de intereses y 467,99 euros en concepto de la minuta de letrado a favor del demandante don José Luis Fuertes Ágreda y a favor del letrado don Óscar de la Osa Mendo, respectivamente, haciéndoles saber que los mandamientos que se libren caducan a los tres meses desde su expedición, y que transcurrido un año desde la primera puesta a disposición se procederán a ingresar su importe en la “cuenta de fondos provisionales abandonados”.
  Existiendo un sobrante de 207,55 euros, comuníquese su existencia al resto de los Juzgados de lo social, de Madrid, a fin de que de seguirse ejecución contra la misma empresa solicite su puesta a disposición dentro del plazo de cinco días, indicando, en su caso, las cantidades por las que se despacha ejecución, así como los datos bancarios para el ulterior libramiento de mandamiento de transferencia. Asimismo, se hace constar que transcurrido el plazo sin solicitarlo se procederá a la devolución del sobrante al ejecutado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Servicontrol Norte Moisés, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Peri, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/40.256/11)</texto>
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