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    <fecha_publicacion>2011/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 1.292 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 100 
 Demanda 1.292 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.292 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Largo Seijo, contra la empresa “Servicios de Tratamientos Bancarios, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Estimo la demanda de la actora doña María de los Ángeles Largo Seijo y declaro debida la cantidad reclamada. En consecuencia, condeno a la demandada “Servicios de Tratamientos Bancarios, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone a la actora la cantidad de 1.341,26 euros de principal por el concepto de liquidación.
  Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que a la anterior cantidad deberá incrementarse el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó hasta su total pago.
  Estimo la excepción de prescripción respecto de el Fondo de Garantía Salarial, y declaro prescrita la cantidad reclamada con esta demanda en relación con dicho organismo. En consecuencia, absuelvo a el Fondo de Garantía Salarial de la cantidad objeto de demanda.
  Esta sentencia no tiene recurso por razón de su cuantía y alcanzará su firmeza una vez notificada a las partes.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios de Tratamientos Bancarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.431/11)</texto>
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