<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111216-77</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Demanda 429 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>298</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-16-298121220110023</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-77.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-77.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-77.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 77 
 Demanda 429 de 2011 
  Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 429 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Mariano Torres, contra don Ronald Bunzl Csonka, “Cesing Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Spainsoft, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 466 de 2011
  En Madrid, a 8 de noviembre de 2011..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 429 de 2011, a instancias de don Daniel Mariano Torres, asistido del letrado don Francisco Javier Román, frente a las entidades “Cesing Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Spainsoft, Sociedad Limitada”, así como frente al administrador de ambas, don Ronald Bunzl Csonka, que no comparecen, y con citación del Fondo de Garantía Salarial.
  Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Daniel Mariano Torres, frente a las entidades “Cesing Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Spainsoft, Sociedad Limitada”, así como frente al administrador de ambas, don Ronald Bunzl Csonka, condeno a las empresas demandadas “Spainsoft, Sociedad Limitada”, y “Cesing Ibérica, Sociedad Limitada”, de forma solidaria, a abonar al actor la suma de 6.999,96 euros, más el recargo del 10 por 100 por mora.
  Asimismo, absuelvo a don Ronald Bunzl Csonka de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, archivando el procedimiento en relación al mismo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
  Expídase testimonio de esta resolución.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Cesing Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Spainsoft, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.101/11)</texto>
</documento>