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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 563 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 76 
 Demanda 563 de 2011 
  Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 563 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Facundo Gandullo Estévez, contra la empresa “Mudanzas Alce, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 464 de 2011
  En Madrid, a 8 de noviembre de 2011..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 563 de 2011, a instancias de don Facundo Gandullo Estévez, asistido del letrado don Miguel Sagues, frente a la entidad “Mudanzas Alce, Sociedad Anónima”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia.
  Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Facundo Gandullo Estévez, frente a la entidad “Mudanzas Alce, Sociedad Anónima”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 8.229,12 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
  Expídase testimonio de esta resolución.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mudanzas Alce, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.102/11)</texto>
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