<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111216-33</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>LOECHES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Loeches. Régimen económico. Modificación base ejecución</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>298</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-16-298071220110148</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-33.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-33.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/16/BOCM-20111216-33.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOECHES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LOECHES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 33 
 Modificación base ejecución 
  Aprobada definitivamente, por ausencia de reclamación, la modificación de la base 31 de las de ejecución del presupuesto, se publica el texto íntegro:
  Se modifica la redacción, incluyendo en la frase “…desde su hogar de residencia…” el texto siguiente “o trabajo”, quedando la redacción del primer párrafo del punto 3 como sigue:
  “Las indemnizaciones que hayan de percibir el señor alcalde-presidente y los señores concejales con motivo de viajes, desplazamientos desde su lugar de residencia o trabajo para atender funciones propias de su cargo, se librarán con arreglo a las siguientes normas.”
  Se incluye el apartado c) en el mencionado punto 3, con la redacción siguiente;
  “Los concejales con delegación sin dedicación exclusiva o parcial, en aplicación de lo establecido en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, recibirán indemnizaciones por la asistencia a reuniones o por la presencia en su despacho para realizar las tareas propias de su cargo, a razón de 40 euros por día. Se presentará mensualmente relación de los días en los que se han generado dichas indemnizaciones, que deberá ser aprobada por el señor alcalde-presidente para su cobro efectivo.”
  En Loeches, a 22 de noviembre de 2011..El alcalde, Antonio Notario López.
  (03/40.796/11)</texto>
</documento>