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    <fecha_publicacion>2011/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Avilés número 1. Ejecución 233 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>298</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 238 
 Ejecución 233 de 2011 
  Doña María Dolores Cepeda Galicia, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Avilés.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 233 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado decreto de fecha 17 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda: Declarar a la ejecutada “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 3.463,50 euros de principal, 289,69 euros de intereses de demora y de 519,53 euros en concepto provisional de intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). La parte recurrente, deberá consignar en concepto de depósito, la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 3269/0000/31/0233/11 de este Juzgado de lo social en la entidad de crédito “Banesto”, oficina principal de Avilés, debiendo acreditar la consignación al tiempo de interponer el recurso.
  Están exentos de esta obligación los trabajadores y beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Avilés, a 17 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.993/11)</texto>
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