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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Griñón. Régimen económico. Expediente modificación crédito 7/2001</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 72 
 Expediente modificación crédito 7/2001 
  En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 26 de octubre de 2011, sobre el expediente de modificación de créditos número 7/2011, del presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, según el siguiente resumen:
  
 
   Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
  Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
  En Griñón, a 12 de diciembre de 2011..La alcaldesa, María Antonia Díaz Garrido.
  (03/42.046/11)</texto>
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