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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.418 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 240 
 Demanda 1.418 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.418 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Fernández Martín y don Juan Carlos Carrascal Esteban, contra la empresa “Técnicas de Calefacción Madrileña, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando las demandas de don Enrique Fernández Martín y don Juan Carlos Carrascal Esteban, condeno a “Técnicas de Calefacción Madrileña, Sociedad Limitada”, a que les abone al primero la cantidad de 1.794,54 euros y al segundo la de 2.197,28 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente, por comparecencia o mediante escrito, ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnicas de Calefacción Madrileña, Sociedad Limitada”,  en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.783/11)</texto>
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