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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.492 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 239 
 Demanda 1.492 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.492 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Clara Marcela Sierra Yara, contra la empresa “Volamos Todos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda acumuladas de doña Clara Marcela Sierra Yara, condeno a la empresa “Volamos Todos, Sociedad Limitada”, a que le abone la cantidad de 6.610,33 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos, más indemnización por despido, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente, por comparecencia o mediante escrito, ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Volamos Todos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.782/11)</texto>
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