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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.006 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 216 
 Demanda 1.006 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 1.006 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Francisca Cruz Barral, doña María de los Ángeles de la Colina Bautista, doña Vicenta Ramos Díez, don Rubén Muñoz Farrona, doña Araceli Carazo Aguilera, doña Silvia García Torres, doña Sandra Bocero Cruz, doña Alicia Araujo Ortega, don Gonzalo Cuesta Casas, doña Sara Oliva Muñoz, doña Mónica Álvarez Domínguez, don Carlos Sánchez Mellado, don Iván Diez Alonso y don Manuel Gallego Ballesteros, contra la empresa “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo auto dice:
  Auto
  La magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana.
  Parte dispositiva:
  Se decreta el embargo preventivo de bienes de la demandada “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad principal de 22.017,76 euros y 7.339,25 euros que se calculan para costas e intereses de forma provisional, sin perjuicio de ulterior liquidación.
  Se embargan las cantidades que el Ayuntamiento de Móstoles, sito en la plaza de España, número 1, 28934 de Móstoles (Madrid), adeuda a la empresa demandada “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, por la adjudicación del pliego para contratar y pagar los salarios de los trabajadores que constan como demandantes en los presentes autos.
  Líbrese oficio al Ayuntamiento de Móstoles a fin de que retengan e ingresen en la cuenta de consignaciones y depósitos del Juzgado las cantidades embargadas.
  Se acuerda notificar esta resolución al solicitante y al demandado.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 2805-0000-00-número de expediente-año, en “Banesto”, calle Orentes, número 19; siendo posible por transferencia a la cuenta 0030-1143-50-0000000000 del mismo banco.
  Así lo acuerda, manda y firma su señoría, doña María Luisa Gil Meana. Doy fe..La magistrada-juez y la secretaria judicial.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.769/11)</texto>
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