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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 444 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 192 
 Demanda 444 de 2011 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 444 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ariana Patricia Rodríguez Santamaría, contra la empresa “Pec For You, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 452 de 2011
  En Madrid, a 25 de octubre de 2011..Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos con el número 444 de 2011, sobre cantidad, entre las siguientes partes: de una, como demandante, doña Ariana Patricia Rodríguez Santamaría, representada y asistida por letrado, y de otra, y como demandada, la empresa “Pec For You, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Ariana Patricia Rodríguez Santamaría, frente a la empresa “Pec For You, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 91,34 euros por los salarios no percibidos y las vacaciones no abonadas, más el 10 por 100 de interés por mora establecidos legalmente, y asimismo se condena a la empresa a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interposición de recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pec For You, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.875/11)</texto>
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