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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 955 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 163 
 Demanda 955 de 2011 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 955 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Varina Elizabeth Ramos Carbó, don Lucián Nedelcu, don Stefan Cocos, don Zdravko Boyanov Kolev y don Mihai Marita, contra la empresa “Transportes David Laso Romero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Varina Elizabeth Ramos Carbó, don Lucián Nedelcu, don Stefan Cocos, don Zdravko Boyanov Kolev y don Mihai Marita, frente a “Transportes David Laso Romero, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro nulo el despido de los actores, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que indemnice a los actores con las sumas: 2.200 euros a doña Varina Elizabeth Ramos Carbó, 2.294,55 euros a don Lucián Nedelcu, 956,06 euros a don Stefan Cocos, 8.626,61 euros a don Zdravko Boyanov Kolev y 1.495,48 euros a don Mihai Marita, así como el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución, a razón de 53,33 euros/día para doña Varina Elizabeth Ramos Carbó, 50,99 euros/día para don Lucián Nedelcu, 50,99 euros/día para don Stefan Cocos, 51,12 euros/día para don Zdravko Boyanov Kolev, y 49,84 euros/día para don Mihai Marita; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes David Laso Romero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.852/11)</texto>
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