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    <fecha_publicacion>2011/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 663 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 103 
 Juicio de faltas 663 de 2011 
  Don Pedro José Hernández Gallego, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 663 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 304 de 2011
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..Vistos mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 663 de 2011, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como implicados: don Javier de Palma Jerez, como denunciante; “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, como perjudicado, y don Manuel Isaac Vieira, como denunciado, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno don Manuel Isaac Vieira, como autor responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un meses de multa, con una cuota diaria de 5 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las cuotas procesales.
  Hágase entrega definitiva al perjudicado de los objetos intervenidos.
  Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra la misma, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Isaac Vieira Cámara, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 3 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/40.610/11)</texto>
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