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    <fecha_publicacion>2011/12/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Ordenanza inspección tributos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>296</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Ordenanza inspección tributos 
  El Pleno del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2011, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público locales del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Robledo de Chavela, a 23 de noviembre de 2011..El alcalde (firmado).
  (03/40.445/11)</texto>
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