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    <fecha_publicacion>2011/12/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Ejecución 248 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 159 
 Ejecución 248 de 2010 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Gil Aizpuru, contra don Andrés Segui Soloaga, don Pablo Segui Soloaga, doña Catalina Segui Soloaga, don Pedro Segui Soloaga, ministerio fiscal, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Alba Sloan, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Iscomar, Sociedad Anónima”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Astil Mirel, Sociedad Limitada”, “Imot, Sociedad Limitada”, don Luis José Fernández Arimany, don Ignacio Zornoza Pérez y “Petropesca, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado diligencia de ordenación de 25 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa..En Madrid, a 25 de noviembre de 2011.
  Por presentados los anteriores escritos de don Alejandro Gil Aizpuru, de 10 de marzo de 2011, de don Juan Ignacio Pérez Yarza, de 11 de marzo de 2011, de don José Ramón Ayegue Pantín, de 11 de marzo de 2011, dos de don Alejandro Gil Aizpuru, de 30 de marzo de 2011, dos de doña Alicia Mendoza Martínez, de 24 de junio de 2011, y de don José Ignacio Gómez Mourelle, de 6 de julio de 2011, únanse a los autos de su razón, dese traslado de los mismos a las partes y de conformidad con lo establecido en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral y a la vista de las pretensiones de las partes y de la imposibilidad de la readmisión del actor, se señala una comparecencia ante el secretario judicial el día 16 de diciembre de 2011, a las diez y treinta horas.
  Modo de impugnación: recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.
  De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesario para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por el secretario judicial acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en el “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos.
  Así lo ordeno y firmo..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Astil Mirel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/41.575/11)</texto>
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