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    <fecha_publicacion>2011/12/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 2. Juicio de faltas 564 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 91 
 Juicio de faltas 564 de 2010 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Parla.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 564 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Parla, a 30 de mayo de 2011..Vistos por la señora doña Lidia Octavio Espíndola, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Parla y de su partido judicial, los presentes autos de juicio de faltas número 564 de 2010, sobre falta de desobediencia a la autoridad y falta de respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, en el que fueron parte: como denunciantes, los agentes de la Policía Local de Pinto con NIP 1101, 1102 y 1094, y como denunciado, don Rommel Marcelino Crespo Zambrano, y con la intervención del ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.
  Fallo
  En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:
  Que debo condenar y condeno a don Rommel Marcelino Crespo Zambrano, como autor responsable de una falta contra el orden público del artículo 634 del Código Penal, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria inherente en caso de impago determinada en el artículo 53 del Código Penal, así como al abono de las costas procesales causadas.
  Notifíquese a las partes la presente resolución, informándoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, en este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación, y ello en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Rommel Marcelino Crespo Zambrano, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 7 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/40.393/11)</texto>
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