<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111212-84</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Juicio de faltas 296 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>294</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-12-294011220110055</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-84.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-84.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-84.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 
 84 
 Juicio de faltas 296 de 2011 
  Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 296 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva:
  Sentencia número 98 de 2011
  En Madrid, a 9 de marzo de 2011..El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 296 de 2011 en los que han sido partes el ministerio fiscal en representación de la acción pública; como denunciante, doña Azucena Toapanta Nato; como denunciadas, doña Dorina Nicoleta Bodea, doña Nicoleta Spataru y doña Vasile Spataru, que no comparecen pese a estar citadas en forma, y como perjudicado, establecimiento comercial “El Corte Inglés”, de la calle Preciados, número 3, de Madrid, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados. Recayendo la presente resolución con base en lo siguiente:
  Debo condenar y condeno a doña Dorina Nicoleta Bodea, doña Nicoleta Spataru y doña Vasile Spataru, como autoras criminalmente responsables de una falta de hurto, ya definida, a la pena para cada una de ellas de seis días de localización permanente. Asimismo, les condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere y en terceras partes.
  Hágase entrega definitiva a la propiedad de los efectos sustraídos y recuperados.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Dorina Nicoleta Bodea, doña Nicoleta Spataru y doña Vasile Spataru, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 15 de noviembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/40.380/11)</texto>
</documento>