<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111212-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 52. Procedimiento 2.085 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>294</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-12-294011220110004</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-76.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-76.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/12/BOCM-20111212-76.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52 
 EDICTO
 
 76 
 Procedimiento 2.085 de 2009 
  En los autos de juicio verbal número 2.085 de 2009 se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia
  En Madrid, a 4 de febrero de 2010..La señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 52 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 2.085 de 2009, a instancias de “Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima”, contra don Jesús Vergara de Haro, se ha dictado el siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el abogado del Estado en nombre y representación de “Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima”, frente a don Jesús Vergara de Haro, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 22.057,47 euros, más los intereses correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda, hasta el total pago de la deuda.
  Con expresa imposición de costas al demandado.
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María Teresa Santos Gutiérrez..En Madrid, a 22 de febrero de 2010.
  Dada cuenta; visto el estado procesal que mantiene las presentes actuaciones, es procedente dictar esta resolución en base a los siguientes:
  Antecedentes de hecho:
  Primero..En el presente procedimiento se ha dictado sentencia, y por el abogado del Estado, se ha presentado escrito manifestando que la referida resolución ha omitido pronunciarse sobre la pretensión consistente en condenar al demandado a abandonar el piso sito en la calle San Antonio, número 30, segundo derecha, 28300 Aranjuez, la cual, a su juicio, había sido alegada oportunamente y sustanciada en el proceso, solicitando se completase la resolución pronunciándose sobre la indicada pretensión.
  Parte dispositiva:
  Acordar el complemento de la resolución de 4 de febrero de 2010 en el sentido de que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento objeto de autos, condenando al demandado a desalojar y poner a disposición de la actora el inmueble sito en la calle San Antonio, número 30, segundo derecha, 28300 Aranjuez, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica dentro del plazo legal.
  Y para que sirva de notificación a don Jesús Vergara de Haro se expide la presente en Madrid, a 28 de junio de 2011.
  (03/40.370/11)</texto>
</documento>