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    <fecha_publicacion>2011/12/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villa del Prado. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villa del Prado</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 71 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2011, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, se pone en conocimiento general que el expediente aprobado se encuentra expuesto al público en la Intervención de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante dicho plazo los legítimamente interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno.
  En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo de información pública, el acuerdo inicial se elevará a definitivo, por lo que se expone a continuación el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
  1.  Ordenanza número 1, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica (artículo 2.1):
  
 
   Villa del Prado, a 7 de diciembre de 2011..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
  (03/41.364/11)</texto>
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