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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 753 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 77 
 Demanda 753 de 2011 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 753 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángela Segovia Herranz, contra la empresa “Luancar Escorial, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En nombre del Rey ha dictado la siguiente
  Sentencia número 515 de 2011
  En Madrid, a 24 de octubre de 2011..Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, seguidos a instancias de doña María Ángela Segovia Herranz, asistida del letrado don José Ignacio Álvarez Aguado, colegiado número 62.088, contra “Luancar Escorial, Sociedad Limitada”, que no comparece.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Procede estimar la demanda presentada por la demandante doña María Ángela Segovia Herranz, contra la empresa demandada “Luancar Escorial, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre despido objetivo, declarar la extinción del contrato y extinguida la relación laboral de acuerdo con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral, y condenar a la empresa demandada para que en el plazo de cinco días abone a la demandante la cantidad de 16.393,98 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido (30 de abril de 2011) hasta la fecha de esta sentencia a razón de un salario de 39,44 euros día.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/000753/11, el importe del principal y 150,25 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Luancar Escorial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.542/11)</texto>
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