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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Ejecución 204 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>293</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Ejecución 204 de 2011 
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 204 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lucio Ramírez Ojeda, contra la empresa “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y diligencia de ordenación de fecha 6 de octubre de 2011 siguientes:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Jesús González Velasco..En Guadalajara, a 6 de octubre de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Lucio Ramírez Ojeda, frente a “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 9.200,01 euros en concepto de principal, más otros 920 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero..En Guadalajara, a 6 de octubre de 2011.
  Por el Juzgado de lo social número 5 de Madrid se dictó decreto de insolvencia en fecha 14 de julio de 2011 en ejecución número 150 de 2010 de la misma deudora.
  Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 9.200,01 euros de principal y 920 euros en concepto de intereses y costas, habiendo sido declarada “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, insolvente provisional, y de conformidad con el 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, acuerdo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo máximo de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen los bienes de la deudora principal que les consten, haciéndoles saber que si en dicho plazo no hicieran manifestación alguna se procederá a dictar decreto de insolvencia.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir en forma de auto, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 6 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.328/11)</texto>
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