<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111210-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Demanda 809 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>293</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-10-293301120110389</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/10/BOCM-20111210-157.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/10/BOCM-20111210-157.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/10/BOCM-20111210-157.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 157 
 Demanda 809 de 2007 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 809 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar Martínez Maeso, contra la empresa “Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 21 de octubre de 2011..Vistos por mí, doña María Emma Cobo García, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de lo social, número 29 de Madrid, los presentes autos, seguidos a instancias de doña Pilar Martínez Maeso, contra “Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima”, en materia de cantidad, dicto la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Emma Cobo García.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Pilar Martínez Maeso, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.355/11)</texto>
</documento>