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    <fecha_publicacion>2011/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 171 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>293</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 144 
 Ejecución 171 de 2011 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 171 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Cachuán Vega, contra las empresas “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones en fecha 11 de noviembre de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Juan Carlos Cachuán Vega, frente a “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, por un principal de 11.256,55 euros, más 1.125,65 euros en concepto de intereses y 1.125,65 euros de costas, calculados provisionalmente.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.530/11)</texto>
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