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    <titulo>Madrid número 15. Demanda 590 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 69 
 Demanda 590 de 2010 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 590 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Coelho Teixeira, contra don Daniel Durán Blas, don Germán Cortázar Armas, “Nielmán, Comunidad de Bienes”, “Personal 7 Empresa de Trabajo Temporal”, y doña Raquel Borja Rodríguez, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda formulada por don Raúl Coelho Teixeira, contra “Nielmán, Comunidad de Bienes”, en las personas de sus comuneros, don Daniel Durán Blas, don Germán Cortázar Armas y doña Raquel Borja Rodríguez, y condeno a la empresa demandada, en las personas de sus comuneros con carácter solidario, a abonar al actor la suma de 996 euros, más el interés demora del 10 por 100, obligándoles a estar y pasar por dicho pronunciamiento.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso (artículo 289 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Daniel Durán Blas, don Germán Cortázar Armas, “Nielmán, Comunidad de Bienes”, “Personal 7 Empresa de Trabajo Temporal”, y doña Raquel Borja Rodríguez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.994/11)</texto>
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