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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/12/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Brunete. Régimen económico. Crédito extraordinario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>290</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Brunete</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BRUNETE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Crédito extraordinario 
  De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 de la misma Ley, y artículo 20.3, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
  Se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 3 de noviembre de 2011, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 1/2011, de crédito extraordinario, que afecta al vigente presupuesto de esta Corporación.
  
 
   El total del importe anterior queda financiado con las bajas en los siguientes capítulos:
  
 
   Contra la aprobación definitiva de este expediente podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo conforme determina el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  En Brunete, a 2 de diciembre de 2011..El alcalde, Borja Gutiérrez Iglesias.
  (03/41.241/11)</texto>
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