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    <fecha_publicacion>2011/12/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 297 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>290</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 108 
 Juicio de faltas 297 de 2011 
  Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 296 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 14 de septiembre de 2011..La ilustrísima señora doña Rosa María Argüelles García, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de esta localidad y su partido, habiendo visto el expediente de juicio de faltas número 296 de 2009, sobre estafa, en virtud de denuncia de don Roberto Rodríguez Fernández, contra don Rubén Villaverde Villanueva, con asistencia del ministerio fiscal en representación de la acción pública, habiendo sido citados: como denunciante, don Roberto Rodríguez Fernández, y como denunciado, don Rubén Villaverde Villanueva, que no comparecieron a la vista oral.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo libremente del hecho origen de estas actuaciones al denunciado don Rubén Villaverde Villanueva, declarando de oficio las costas causadas.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, recurso que se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Roberto Rodríguez Fernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 28 de octubre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/39.182/11)</texto>
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