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    <fecha_publicacion>2011/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 8. Procedimiento ordinario 398 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 76 
 Procedimiento ordinario 398 de 2010 
  En este Juzgado, bajo el número 398 de 2010, se siguen autos de procedimiento ordinario a instancias de “SF Morena, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, contra don Joaquim Felicidade Ferreira, don Victoriano Gutiérrez Pascual y “Solarte Gestión, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que en fecha 20 de septiembre de 2011 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, en el nombre y representación que ostenta, debo condenar y condeno solidariamente a la entidad “Solarte Gestión, Sociedad Limitada”, a don Victoriano Gutiérrez Pascual y a don Joaquim Felicidade Ferreira a pagar a la entidad “SF Morena, Sociedad Limitada”, la cantidad de 8.011,70 euros, más un interés calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de Medidas de Lucha Contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, que se devengará desde las respectivas fechas de las facturas aportadas como documentos números 6, 8, 10, 12 y 14 de la demanda, así como al pago de las costas causadas.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, que se preparará por escrito presentado en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en cinco días a contar desde su notificación, previa la constitución de depósito en la cantidad de 50 euros mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para su colocación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado para que sirva de notificación en forma a los denunciados rebeldes don Joaquim Felicidade Ferreira, don Victoriano Gutiérrez Pascual y “Solarte Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente que firmo en Leganés, a 23 de septiembre de 2011..El secretario (firmado).
  (02/8.718/11)</texto>
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