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    <fecha_publicacion>2011/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 927 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 
 60 
 Juicio de faltas 927 de 2011 
  Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
  Hago saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha dictada por el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en el juicio de faltas número 927 de 2011-P, seguido ante este órgano judicial por una falta de hurto, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva de la sentencia de fecha 9 de mayo de 2011 recaída en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Álvaro Rodríguez Cuadrado y don Daniel García Bejerano, como autores de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena para cada uno de ellos de multa de un mes, con cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago cada uno de ellos de la mitad de las costas de este procedimiento, debiendo dejarse sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación de sentencia a don Álvaro Rodríguez Cuadrado, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 24 de octubre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/37.891/11)</texto>
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