<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111203-27</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ARGANDA DEL REY</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza SERCOM</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-03-287211120110232</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/03/BOCM-20111203-27.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/03/BOCM-20111203-27.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/03/BOCM-20111203-27.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 27 
 Modificación ordenanza SERCOM 
  En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 28 de octubre de 2011, acordó con las mayorías exigidas por la Ley aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del Servicio de Conciliación Municipal de Consumo (SERCOM).
  El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Secretaría Municipal de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hacen referencia los artículos 31 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 49 de la Ley 7/1985, puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
  En caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada modificación de la ordenanza se entenderá aprobada definitivamente, entrando en vigor a los quince días a contar desde el siguiente al de su publicación completa de la modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y cumplimiento de los demás requisitos.
  En Arganda del Rey, a 3 de noviembre de 2011..La concejala-delegada de Igualdad, Formación para el Empleo, Turismo y Consumo Responsable (por decreto 104/2011, de 13 de junio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de agosto de 2011), María Dolores Martín Alonso.
  (03/38.200/11)</texto>
</documento>