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    <fecha_publicacion>2011/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.676 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 223 
 Demanda 1.676 de 2010 
  Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.676 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Josefa María Muñoz Fuentes, contra la empresa “Friso Decoración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por desistida a doña Josefa María Muñoz Fuentes, parte actora, de su demanda, quedando sin efectos el señalamiento acordado, y una vez firme esta resolución, archívese, previa nota en el libro correspondiente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes haciendo saber que contra la misma podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Lo decreto y firmo..La secretaria judicial, María Blanca Galache Díez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Friso Decoración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 2 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.283/11)</texto>
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