<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111201-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PEDREZUELA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Pedrezuela. Régimen económico. Modificación ordenanzas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>285</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-12-01-285231120110235</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/01/BOCM-20111201-102.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/01/BOCM-20111201-102.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/01/BOCM-20111201-102.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PEDREZUELA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 102 
 Modificación ordenanzas 
  En la Secretaría de este Ayuntamiento, y a los efectos previstos en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestos al público los acuerdos provisionales de modificación de las siguientes ordenanzas: reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; reguladora de la tasa por servicios del cementerio municipal; reguladora de la tasa por documentos que expida el Ayuntamiento; reguladora de la tasa por uso de terrenos de uso público con mesas, sillas, etcétera; reguladora de la tasa por uso de terrenos de uso público con mercancías, materiales, escombros, etcétera; reguladora de la tasa por distribución de agua; reguladora de la tasa por instalación de puestos, casetas, etcétera; reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras; reguladora del precio público por utilización del salón de actos; reguladora de determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles; reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; adoptados por la corporación en sesión celebrada el 15 de noviembre de 2011.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la citada Ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  .	Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  .	Lugar de presentación: Oficinas Municipales.
  .	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
  En Pedrezuela, a 16 de noviembre de 2011..La alcaldesa (firmado).
  (03/38.768/11)</texto>
</documento>