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    <fecha_publicacion>2011/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento ordinario 2.064 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>284</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41 
 EDICTO
 
 95 
 Procedimiento ordinario 2.064 de 2008 
  Doña Nieves Ugena Yustos, secretaria del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.
  Hace saber: Que en el procedimiento seguido en este Juzgado a instancias de don Jesús Castillejo Sánchez y doña Laura Martín Sánchez, contra “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y “Caja de Ahorros de Galicia”, en los autos número 2.064 de 2008, se ha dictado resolución de sentencia de fecha 8 de junio de 2011, del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Ángel Martín Gutiérrez, en nombre y representación de don Jesús Castillejo Sánchez, contra la entidad “Mundoyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y contra la entidad “Caja de Ahorros de Galicia”, representada por el procurador de los tribunales don Rafael Silva López, debo declarar y declaro la nulidad del contrato de compraventa de 19 de enero de 2008 celebrado entre el actor y la entidad “Mundoyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y la nulidad del contrato de préstamo bancario de 31 de enero de 2008 celebrado entre el actor y la entidad “Caja de Ahorros de Galicia”, condenando a ambas demandadas al abono solidario a los actores de los importes abonados en pago del referido préstamo a razón de 329,63 euros mensuales, más los intereses legales de dicha cantidad en los términos indicados en el último párrafo del fundamento de derecho segundo de esta resolución. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas respecto de la entidad “Mundoyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y con imposición a la entidad “Caja de Ahorros de Galicia” de las ocasionadas frente a la misma.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Mundoyproyect 2000, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 28 de octubre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/9.717/11)</texto>
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