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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento ordinario 2.343 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE AUTO
 
 90 
 Procedimiento ordinario 2.343 de 2010 
  En el procedimiento ordinario número 2.343 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2011..Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, dada cuenta en el día de hoy, vistos los autos de tercería de dominio arriba reseñados, y seguidos a instancias de doña Josefina Blázquez López, frente a “Dosfer 2000, Sociedad Limitada”, y frente a doña María Ángeles Egoscozábal Cortés.
  Parte dispositiva:
  Estimo la tercería de dominio formulada por la procuradora doña María del Mar Rodríguez Gil, en nombre y representación de doña Josefina Blázquez López, frente a “Dosfer 2000, Sociedad Limitada”, y frente a doña María Ángeles Egoscozábal Cortés, y en su virtud acuerdo el alzamiento del embargo trabado en los autos de juicio ejecutivo número 18 de 1996, sobre la plaza de aparcamiento número 9 situada en la planta sótano primera de la casa número 16 del paseo del Prado, de Madrid (1/52 ava parte de la finca número 47941-24 del Registro de la Propiedad número 2 de Madrid).
  Ello sin hacer expresa imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia, y dejando sin efecto el señalamiento que venía acordado por diligencia de ordenación de fecha 19 de octubre de 2011.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, que no produce efectos de cosa juzgada en relación con la titularidad del bien, cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.
  Así por este mi auto, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Ángeles Egoscazábal Cortés se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
  (02/9.794/11)</texto>
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