<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111130-173</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/11/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Demanda 531 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>284</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-11-30-284241120110203</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/30/BOCM-20111130-173.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/30/BOCM-20111130-173.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/30/BOCM-20111130-173.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 173 
 Demanda 531 de 2010 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 531 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Calzado Carrasco, contra la empresa “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 20 de octubre de 2011.
  Por todo lo cual, dispongo: Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Manuel Calzado Carrasco, con la empresa “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, condenando a esta parte a que abone a la parte ejecutante las siguientes cantidades: en concepto de indemnización por despido, la cantidad de 5.532,08 euros, y en concepto de salarios de tramitación, la cantidad de 21.361 euros, siendo el salario día de 56,66 euros, y los días transcurridos desde el despido (28 de febrero de 2010) hasta la fecha de esta resolución (20 de octubre de 2011) trescientos setenta y siete días, al descontar los días trabajador por el ejecutante desde el despido y hasta la fecha de esta resolución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/38.161/11)</texto>
</documento>