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    <fecha_publicacion>2011/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 273 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>284</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Demanda 273 de 2011 
  Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 273 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ciro Francisco Jiménez Azuero, contra la empresa “Feemurbán, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia 361 de 2011
  En Madrid, a 6 de octubre de 2011..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 273 de 2011, sobre cantidad y derechos, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Ciro Francisco Jiménez Azuero, y de otra, como demandada, “Feemurbán, Sociedad Limitada”, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda promovida por don Ciro Francisco Jiménez Azuero, frente a la empresa “Feemurbán, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la demandante la cantidad de 777,85 euros por los conceptos reclamados en su demanda.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma es firme, al no contemplarse legalmente la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la misma.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Feemurbán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.242/11)</texto>
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