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    <fecha_publicacion>2011/11/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 33 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Don Ángel Martínez Herrero, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.
  Hace saber: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya celebrado el 20 de mayo de 2011, sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por prestación de servicios de publicidad.
  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal indicada, entrando en vigor el día de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
  De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra la ordenanza cuya modificación ha sido aprobada definitivamente, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Texto de la ordenanza que se modifica:
  ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD
  Artículo 3.  Cuantía..Paneles informativos:
  .	Un día: 3 euros.
  .	Una semana: 5 euros (*).
  .	Un mes: 10 euros (*).
  .	Un año: 100 euros (*).
  (*)	El anuncio se expondrá durante tres días a la semana, durante cinco horas al día.
  Los días de la semana que se establecen son:
  .	Opción a): martes, jueves y sábado.
  .	Opción b): miércoles, viernes y domingo.
  Los horarios que se establecen son:
  .	Opción 1): de nueve a catorce horas.
  .	Opción 2): de diecisiete a veintidós horas.
  Los interesados podrán elegir entre las opciones que se les ofrecen, pudiendo el Ayuntamiento, en todo caso, por razones de conveniencia o necesidad, establecer los turnos que resulten más aconsejables.
  En Buitrago del Lozoya, a 2 de noviembre de 2011..El alcalde, Ángel Martínez Herrero.
  (03/37.266/11)</texto>
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