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    <fecha_publicacion>2011/11/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 295 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>282</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 141 
 Ejecución 295 de 2011 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 120 de 2011, ejecución 295 de 2011-JG de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Martín Porcel, contra la empresa “Atolón 98, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 7 de noviembre de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se unen al procedimiento los anteriores escritos de la parte actora solicitando la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia de ordenación del secretario don David Atienza Marcos..En Madrid, a 7 de noviembre de 2011.
  Solicitada ejecución provisional de sentencia de despido, y concurriendo los presupuestos previstos por la Ley, fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada en estos autos y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 296 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese a las partes para que comparezcan en este Juzgado el día 13 de diciembre de 2011, a las nueve cuarenta y cinco horas, al objeto de ser oídas sobre la cuestión suscitada por la parte actora y a cuyo acto habrán de acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a acreditar los hechos que aleguen en relación a la misma. Dése traslado de copia de lo presentado a las otras partes.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [(2805/0000/30/número de procedimiento (4 dígitos) y año (2 dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Atolón 98, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de noviembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/38.533/11)</texto>
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